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La Asamblea General es soberana y el Organo Supremo de Gobierno.
La Asamblea General estará constituida por todos los colegiados que se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos y se reunirá una vez dentro del primer trimestre de cada año. Dicha reunión tendrá carácter Ordinario.
La Asamblea General se podrá reunir siempre que lo considere necesario y se cumplan los términos y condiciones recogidos en los Estatutos. Estas reuniones tendrán carácter Extraordinario.